El transporte de mercancías peligrosas

Tal como vimos en un artículo anterior, el transporte terrestre de mercancías peligrosas se encuentra regulado por el Acuerdo Europeo sobre Transporte Internacional de Mercancías Peligrosas por Carretera (ADR), el cual está vigente en Europa y se aplica en España a través del Real Decreto 551/2006.

Mercancías peligrosas ordenadas y clasificadas

Según este acuerdo, todas aquellas mercancías consideradas como peligrosas están ordenadas y clasificadas a través de un número de identificación específico. Este número cuenta con cuatro dígitos y se conoce técnicamente como número ONU, el cual es asignado a cada tipo de material que se transporta.

Cada uno de los números se encuentra englobado en una clase de materia específica, siempre en función de su peligro principal. Las materias son las siguientes:

  • Clase 1: Materias y objetos que sean explosivos.
  • Clase 2: Gases.
  • Clase 3: Líquidos inflamables.
  • Clase 4.1: Materias sólidas inflamables, materias que sean autorreactivas y materias explosivas desensibilizadas sólidas.
  • Clase 4.2: Materias que pueden sufrir una inflamación espontánea.
  • Clase 4.3: Materias que al contactar con el agua desprenden gases inflamables.
  • Clase 5.1: Materias comburentes.
  • Clase 5.2: Peróxidos orgánicos.
  • Clase 6.1: Materias tóxicas.
  • Clase 6.2: Materias infecciosas.
  • Clase 7: Materias radiactivas.
  • Clase 8: Materias corrosivas.
  • Clase 9: Materias y objetos peligrosos de diferente índole.
De esta forma, todas y cada una de las materias consideradas como peligrosas, quedan enclavadas en un epígrafe específico, independientemente de sus características, todas quedan reflejadas en sus respectivas clases, para que puedan ser reconocidas de una manera fácil gracias a su clasificación.