Inspecciones de los camiones de mercancías peligrosas

Para cumplir con la seguridad, idoneidad y fiabilidad en el transporte terrestre de mercancías peligrosas, se deben cumplir con unas especificaciones técnicas contempladas en el Real Decreto 97/2014 de 14 de febrero. De hecho, tanto el continente, es decir, envases, embalajes, contenedores, etc., como los vehículos en los que se transportan, van a tener que cumplir con las prescripciones del ADR para que sea posible su transporte por carretera. 

Periodicidad de las inspecciones en los vehículos que transportan mercancías peligrosas 

Todos los vehículos de mercancías peligrosas o ADR que circulan por una carretera deben de cumplir con una serie de inspecciones. Dependiendo del tipo que se trate va a tener su propia periodicidad. De esta manera, un vehículo portacontenedor o un tractor deben pasar una inspección cada año. En cambio, los camiones cisterna deben de pasar una revisión del proyecto, primeramente, después una supervisión durante su fabricación y una inspección inicial. Posteriormente, es necesario que se realicen revisiones anuales y otras especiales cada tres años y cada seis.

Por otro lado, un contenedor cisterna y un ISO-contenedor, deberá proceder igualmente a una revisión previa del proyecto, una supervisión durante su fabricación, una inspección inicial y otras anuales, cada dos años y medio y cada cinco años. La importancia de estas inspecciones es fundamental, ya que en estos vehículos se transportan materiales tan peligrosos como son los explosivos, gases, líquidos y sólidos inflamables, materias tóxicas, corrosivas o radiactivas, materias comburentes o peróxidos orgánicos, entre otros.